EL ABOGADO RESPONDE…

Marco Antonio Caballero. Abogado

Estimados lectores:
Iniciamos esta sección con el propósito de atender y dar respuesta a cuestiones legales de actualidad que interesan con carácter general. Son tiempos excepcionales, históricos y complejos donde más que nunca el asesoramiento jurídico se hace, si cabe, aún más importante, por cuanto que si ya antes vivíamos en un entorno volátil, incierto, cambiante y ambiguo, la fuerte pandemia causada por el Covid-19 ha generado una situación inédita, a la que nadie se había enfrentado antes, combinando una crisis sanitaria mundial con un parón radical, técnico y global de la economía, cuyas consecuencias pocos se atreven a predecir y que de una u otra forma nos afecta en muchos aspectos de nuestra vida, como salud, trabajo, empresa, etc.
Esto ha provocado en todo el mundo y concretamente en España, una gran actividad legislativa al objeto de mitigar las consecuencias del virus en todos los ámbitos, todo lo cual es generador de derechos y obligaciones cuyo contenido conviene manejar de forma correcta y precisa de un buen asesoramiento.

LAS AYUDAS A LOS AUTÓNOMOS, QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE Y CUÁLES SON

En la actualidad son muchas, por no decir todas, las consultas legales que venimos recibiendo relacionadas directa o indirectamente con la pandemia, una de ellas, las ayudas a los Autónomos
Los autónomos que se vieron afectados por la declaración del estado de alarma el 14 de marzo a raíz del coronavirus, que obligó al cierre de los negocios y provocó una caída en picado de los ingresos, ya tienen a su disposición las nuevas ayudas que sustituyen a la prestación extraordinaria que se habilitó por la crisis sanitaria. Estas se suman a la prórroga hasta el próximo 30 de septiembre de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).
Son tres los grupos de autónomos que pueden beneficiarse de las ayudas: aquellos que todavía no han podido reanudar su actividad, los que sí han podido reabrir sus negocios, y autónomos estacionales que no estaban dados de alta cuando se decretó el estado de alarma.

Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estas son las ayudas, acordadas entre el Gobierno y las organizaciones de autónomos ATA, UPTA y Uatae, que entran en vigor.
* Reducción de las cotizaciones sociales
Se prorroga la exención de las cuotas de la Seguridad Social para los autónomos que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria hasta el 30 de junio.
Con la nueva ayuda, se reducen las cotizaciones sociales durante los próximos tres meses sin necesidad de realizar ningún trámite ni tener que solicitarlo. Así, los beneficiarios de la prestación extraordinaria no tendrán que pagar las cotizaciones sociales en el mes de julio y tendrán una exoneración del 50% en agosto y del 25% en septiembre, lo que supondrá un ahorro mínimo de más de 500 euros por autónomo durante los próximos tres meses.
Como en meses anteriores, el autónomo adelanta el total de la cuota y después recibirá la devolución hecha por la mutua.

* Prestación ordinaria por cese de actividad
Aquellos autónomos cuya actividad aún siga muy afectada por los efectos de la pandemia podrán acceder a la prestación ordinaria por cese de actividad.
Pueden beneficiarse todos aquellos trabajadores por cuenta propia por debajo de la edad legal de jubilación (65 años y 10 meses) si su facturación en el tercer trimestre es un 75% más baja que la del mismo periodo del año pasado, siempre y cuando sus rendimientos netos en el periodo no superen la cuantía equivalente a 1,75 veces el SMI del trimestre.

La prestación económica será equivalente al 70% de la base mínima de cotización que corresponda. Para acceder a esta prestación ordinaria compatible con la actividad no es necesario esperar a que termine el trimestre, pues se puede solicitar en cualquier momento y, posteriormente, se verificará el cumplimiento de los requisitos. Los autónomos tienen la posibilidad, además, de renunciar a la prestación durante esos tres meses si ven recuperada su actividad.
Esta nueva prestación durará hasta el 30 de septiembre. Hay que estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y estar al corriente de pagos.
M.A. Caballero

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EL ABOGADO RESPONDE…

LA deducciones que afectan a los contribuyentes de La Comarca de La Sagra  para el IRPF 2020-2021

declaración de la renta
Details with the Austrian Red Cross symbol on a uniform

Para las personas contribuyentes que residen en la comarca de La Sagra, las deducciones autonómicas son importantes para obtener un beneficio en la declaración del impuesto de la Renta, si bien, éstas difieren según en qué zona de La Sagra residan ya que en virtud de esta circunstancia, tendrán que cumplimentarla bien en la Comunidad Autónoma de Madrid, bien en Toledo perteneciente a la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.

La Agencia Tributaria explica que las comunidades autónomas han aprobado deducciones autonómicas haciendo uso de las competencias normativas de las que disponen en relación con el IRPF, las cuales podrán aplicar aquellas personas que cumpliendo los requisitos hayan residido durante el ejercicio 2020 en sus respectivos territorios.

** Los habitantes de la Comarca de La Sagra pertenecientes a la Provincia de Toledo y por ende, residentes de Castilla-La Mancha, tienen una gran variedad de estas deducciones que tienen que ver con las circunstancias personales del ciudadano, la vivienda, donaciones…y son las siguientes:

Por nacimiento o adopción de hijos

La Hacienda de Castilla-La Mancha establece que las siguientes cantidades se perciben por parto o adoptado y no por hijo nacido o adoptado: 100 euros en caso de nacimiento o adopción de un hijo, 300 euros en caso de dos y 500 euros en caso de tres y sucesivos. El límite de la suma de las bases imponible general y del ahorro es de 27.000 euros en tributación individual y 36.000 en conjunta.

Por familia numerosa

La deducción es de 200 euros por familia numerosa de categoría general y 400 euros por las de categoría especial, aunque en casos de discapacidad de al menos el 65% de cónyuge o descendiente estas cantidades pasan a ser de 300 y 900 euros, respectivamente. El límite de la suma de las bases imponible general y del ahorro debe ser de 27.000 euros máximo en tributación individual y 36.000 en conjunta.

Gastos en libros de texto y enseñanza de idiomas

Se pueden deducir el 100% de las cantidades pagadas por libros de texto de etapas de educación básica y el 15% de los gastos por enseñanza de idiomas como actividad extraescolar, con unos límites personalizados en función de los ingresos, el tipo de declaración (conjunta o individual) y el tipo de familia.

Por discapacidad

La deducción es de 300 euros por los contribuyentes con discapacidad de al menos el 65%, con unos límites de la suma de base imponible general y del ahorro de 27.000 euros en tributación individual y 36.000 en tributación conjunta.

Por discapacidad de descendientes o ascendientes

La deducción es también de 300 euros siempre que se tenga una discapacidad de al menos el 65% y con los límites a la base imponible general y del ahorro del apartado anterior.

Para mayores de 75 años

La deducción es de 150 euros, sin condiciones.

Para cuidado de ascendientes mayores de 75 años

Se podrán deducir 150 euros por cada uno de ellos, siempre que no residan más de 30 días naturales en residencias privadas o públicas. El límite a la base imponible general y del ahorro sumadas es de 27.000 euros en tributación individual y 36.000 euros en tributación conjunta.

Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o con discapacidad

Se deducirán 600 euros por cada persona mayor de 65 años o con una discapacidad del 33% que conviva con el contribuyente sin que le genere derecho a remuneración. Para ello, ha de vivir más de 183 días naturales con él y no se puede superar una suma de la base imponible general y del ahorro de 12.500 euros en tributación individual y 25.000 en tributación conjunta.

Por arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años

Se puede deducir el 15% de las cantidades pagadas hasta un límite de 450 euros. Esto se eleva al 20% de las cantidades pagadas y un límite de 612 euros para contribuyentes que residan en municipios de la región con menos de 2.500 habitantes o entre 2.500 y 10.000 habitantes si están a más de 30 kilómetros de cualquier municipio con más de 50.000 habitantes. Los límites a la suma de la base imponible general y del ahorro menos el mínimo por descendientes son de 12.500 euros en tributación individual y 25.000 en tributación conjunta.

Por donaciones para la cooperación internacional

Se pueden deducir el 15% de las donaciones a asociaciones y organizaciones que residan en Castilla-La Mancha cuyos fines principales sean «la cooperación internacional, la lucha contra la pobreza y la ayuda a personas con discapacidad y la exclusión social». La base de esta deducción no puede superar el 10% de la base liquidable del contribuyente.

Por donaciones con finalidad en investigación

El 15% de estas donaciones a organizaciones «cuya finalidad sea la investigación y el desarrollo científico y la innovación empresarial», con una base máxima de deducción del 10% de la cuota íntegra autonómica.

Donaciones y contribuciones a la conservación, reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla-La Mancha

Se deducirán el 15% de esas donaciones puras y simples a la lista de organizaciones que aparecen en este enlace. El límite máximo de deducción es el 10% de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente.

** Por otra parte, Los habitantes de la comarca de La Sagra pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Madrid, al igual que los anteriores, disponen también de  deducciones que varían respecto a las de Castilla La Mancha y que en esta Comunidad se dividen en cuatro tipos:

Por circunstancias familiares o personales

Por nacimiento o adopción: la Comunidad permite deducciones de hasta 600 euros por hijo nacido adoptado en el periodo impositivo y también en los dos periodos siguientes. Si se trata de un parto múltiple, se podrán deducir 600 euros por cada hijo en el periodo impositivo. Los límites para esta deducción son 30.000 euros en tributación individual, 36.000 en conjunta y sin que la suma de las bases imponibles de la unidad familiar supere los 60.000 euros.

Por adopción internacional de niños: la región reconoce una deducción de 600 euros para paliar los gastos derivados de la adopción.

Por acogimiento familiar de menores: la deducción será de 600 euros por el primer menor, 750 para el segundo y 900 a partir del tercero.

Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad: si se convive con personas de estos grupos con parentesco cercano se podrán deducir 1.500 euros.

Por cuidado de hijos menores de 3 años: en caso de contratación de empleadas de hogar se podrá deducir el 20% de las cotizaciones a la Seguridad Social con un límite de 400 euros anuales (en caso de familia numerosa, 30% y un límite de 500). Solo se podrán acoger a ella hogares que no superen los 30.000 euros de base imponible.

Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos: estas familias, siempre que no superen una base imponible de 24.000 euros, podrán deducirse el 10% de la cuota íntegra autonómica.

Relativa a la vivienda habitual

Por arrendamiento de vivienda habitual: los menores de 35 años (o menores de 40 en situación de desempleo con dos familiares a cargo) pueden deducirse el 30% de las cantidades destinadas al alquiler hasta un máximo de 1.000 euros. El límite de renta es de 25.620 euros en tributación individual y 36.200 en conjunta, además de que la unidad familiar no supere los 60.000 euros de base imponible.

Por donativos o donaciones

Por donativos a fundaciones y clubes deportivos: se podrá deducir el 15% de las donaciones a organizaciones reconocidas por la Ley de Fundaciones de la Comunidad, siempre que esas cantidades no superen el 10% de la base liquidable.

Otros conceptos deducibles

Por gastos educativos: se podrán deducir el 5% de los gastos de vestuario de uso escolar, el 10% de los gastos de enseñanza de idiomas y el 15% de los gastos de escolaridad obligatoria en familias con hijos el segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil, la Enseñanza Obligatoria y la Formación Profesional Básica. La deducción máxima será de 400 euros (900 en familias que paguen gastos por escolaridad) y de 1.000 en casos de hijos en Educación Infantil (0-3 años). El límite de renta no podrá superar la multiplicación por 30.000 de todos los miembros de toda la unidad familiar.

Por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación: se deduce el 30% de la inversión, con un límite de 6.000 euros anuales. Si se trata de sociedades laborales (limitadas o anónimas) o cooperativas, así como creadas o participadas por universidades o centros de formación, se puede deducir hasta un 50% con un límite de 12.000 euros.

Para el fomento del autoempleo de jóvenes: para menores de 35 años, que podrán deducirse hasta 1.000 euros siempre que desarrollen su actividad al menos durante un año.

Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil: se puede deducir el 20% de la inversión siempre que no se posea más del 10% de la empresa, que se mantenga la inversión durante dos años y que la empresa resida en la Comunidad de Madrid

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TRES TENDECIAS ‘BEAUTY’ QUE ESTÁN ARRASANDO ESTE 2021

El centro comercial Parquesur desvela cuáles han sido los cambios de hábito de consumo y belleza tras la pandemia y qué productos son los más demandados por los clientes

Hace ya más de un año que vivimos en un contexto marcado por la COVID-19, ese «maldito bichito» que ha puesto patas arriba nuestras vidas y ha modificado nuestros hábitos de consumo.

En este contexto, nos ha llamado la atención un estudio de los expertos de Parquesur, centro comercial líder en ventas de productos para la higiene y el cuidado personal, en el que destacan, entre los productos más vendidos en sus instalaciones, las tres tendencias de consumo que marcarán el sector ‘beauty’ este 2021.

Sostenibilidad y cuidado animal

No sabemos si hemos ‘salido mejores’ de la pandemia, pero lo que está claro es que hemos salido más concienciados. Tal como señalan los expertos de Parquesur, en la ‘Nueva Normalidad’ nos encontramos con un consumidor extremadamente preocupado por la lucha contra el cambio climático y el bienestar animal, especialmente en el sector ‘beauty’.

Medioambiente y belleza no son incompatibles, por ello, en Parquesur podemos encontrar algunos productos que cumplen estas expectativas. La ‘Crema sedosa reafirmante’ de Equivalenza es uno de ellos. Natural y vegana, esta crema ha sido galardonada con el Premio Victoria de Belleza 2021, por lo que se posiciona como uno de los productos mejor valorado por los consumidores. En esta línea, la firma Yves Rocher ofrece el ‘Desmaquillante de ojos bifásico’ en la colección Pur Bleuet, imprescindible para terminar bien el día.

Al mal tiempo, buena cara

Pijamas, ropa vieja y ausencia de maquillaje fueron algunos de los ‘trends’ más destacados del confinamiento. Sin embargo, este 2021 el rostro es uno de los factores más importantes para las consumidoras. Todas sabemos que la piel de la cara es delicada y requiere de especial cuidado. Los expertos de Parquesur recomiendan el uso de productos de calidad. Claro ejemplo de ello son las ‘Mascarillas frescas’ de la marca Lush, naturales y hechas a mano proporcionarán a tu rostro la hidratación necesaria para poner la mejor cara a esta pandemia. Otra opción para el cuidado son las máscaras de pestañas y polvos selladores que la marca Kiko estrena en su colección de primavera Mood Boost.

Por el contrario, si lo que buscas es un ‘total look’, Parquesur dispone de numerosos establecimientos para el cuidado. Así, podrás presumir de unas cejas perfectas con una depilación en Sundara, resaltando tus rasgos con los cortes de pelo de moda, de la mano de Rizos.

Un verano para recordar

Hemos vivido mucho estos últimos meses. La primavera anticipa el verano, todas sabemos que la llegada del sol y el buen tiempo va de la mano de las terrazas, las risas y la temida ‘operación bikini’. Todas sabemos que la luz del sol y la playa perjudican a nuestra piel, por eso, en Parquesur recomiendan seguir las recomendaciones de los profesionales de su farmacia, que dispone de una amplia gama de productos ‘beauty’ entre los que encontramos ‘Filorga NCTF Reverse crema y serum’. Por otro lado, si lo que buscas es proteger tu piel de los rayos del sol, recomiendan el fotoprotector ‘ISDIN Fusion Wareen Urban’, un producto que también protegerá a tu piel de la contaminación de la ciudad.

Como no podía ser de otra forma, este verano también querremos lucir un estilo con personalidad y, sobre todo, que llame la atención. Desde Parquesur recomiendan recurrir a centros especializados como hacerse las uñas en LASHES&Go o Nails Factory, donde podrás disfrutar de los colores pasteles que tanto triunfan esta primavera. Además, si este verano no quieres perder tus vacaciones cuidando de tu pelo, Jean Louis David te lo pone fácil con sus peinados rápidos. Sin olvidar, claro está, caprichos como la máscara de pestañas ‘On the rise’ de NYX; el tan necesario cuidado de la piel durante los meses de sol intenso con la ‘Crema corporal’ de The Rituals of Mehr, o conseguir unas extensiones perfectas en Extensiomanía y lucir ‘pelazo’ este verano.

Sobre Parquesur:

Como nos informan desde la gerencia del centro comercial, Parquesur, es uno de los centros más seguros para realizar tus compras

Además de la tecnología del Sistema Airius PureAir, puntera en purificación del aire; Parquesur ya cumplía con las medidas más estrictas de seguridad, limpieza e higiene reforzadas en los últimos meses a raíz de la situación de pandemia. La intensificación de todas las tareas de limpieza y desinfección, el estricto control de los accesos, los aforos y los flujos en todo el centro o la instalación de alfombras desinfectantes y dispensadores de gel de manos que se renuevan constantemente son algunas de los protocolos implantados en el centro. De hecho, Parquesur ha sido reconocido con la certificación de Global Safe Site que otorga Bureau Veritas por el cumplimiento de buenas prácticas de prevención.

Se trata de el mayor centro de compras, ocio y restauración de la Comunidad de Madrid y uno de los más grandes de España. Propiedad de Unibail-Rodamco-Westfield, este complejo se encuentra situado en la Comunidad de Madrid, a pocos kilómetros del corazón de la ciudad. Parquesur se inauguró en 1989, siendo uno de los pioneros de los grandes Centros Comerciales de España y prácticamente el único de la zona sur de Madrid. En 2005 se llevó a cabo una ampliación, convirtiéndose así en el complejo de compras y ocio más completo de toda la Comunidad de Madrid con más de 200 locales de moda, restauración, ocio, servicios, electrónica y hogar.

EL ABOGADO RESPONDE…

LA EXTENSIÓN DEL TELETRABAJO: PACTOS Y VOLUNTARIEDAD

Como venimos comprobando, el Covid-19 ha sido una dura experiencia en muchos aspectos, el principal la salud, pero también la economía que saldrá muy mal parada de esta situación. Desde el punto de vista de las relaciones laborales uno de los mecanismos que se han extendido de forma extraordinaria para hacer frente a esta crisis ha sido el teletrabajo.

Facilitar y promover el teletrabajo fue una de las primeras medidas de todos los países para garantizar la salud con medidas que trataban de reducir al tiempo el efecto económico, permitiendo la continuidad de la actividad sin riesgo de contagio. Pero no sólo los gobiernos, muchas empresas que incluían el teletrabajo en sus planes de contingencia para garantizar la continuidad del servicio frente a situaciones de crisis, pudieron gracias a ello evitar el primer gran revés de las medidas contra el Covid-19.

Pero, si el teletrabajo ha venido para quedarse, lo que interesa ver es cómo lo hará después, en una situación normal de trabajo.

El teletrabajo debe ser aceptado voluntariamente por el trabajador. La empresa no puede imponer el teletrabajo, ni siquiera a través de un procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo, ni tampoco de la negociación colectiva, pues implica una transformación del régimen contractual que afecta a la esfera personal del trabajador. Los representantes de la empresa y de las personas trabajadoras pueden pactar las condiciones del teletrabajo, un plan de teletrabajo, pero el trabajador debe adscribirse a este plan de forma voluntaria e individual.

El Estatuto de los Trabajadores define el trabajo a distancia como aquel en que la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por este, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa, recogiendo una muy breve en la que  se exige la forma escrita en el contrato de trabajo y la entrega de copia básica a la representación legal de las personas trabajadoras, se equipan los derechos de los trabajadores a distancia con los que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, se establece el derecho a percibir por el trabajador, como mínimo, la retribución total establecida conforme a su grupo profesional y funciones, se garantiza el acceso a la formación en el empleo y a la promoción profesional, se posibilita la movilidad y promoción informando la existencia de vacantes para trabajo presencial en los centros de trabajo, se reconoce el derecho a la protección en materia de seguridad y salud y se permite ejercer los derechos de representación colectiva, a cuyo efecto deberán adscribirse a estos trabajadores a un centro de trabajo de la empresa.

La brevedad de esta regulación no implica desamparo para los trabajadores a distancia, toda la normativa laboral y la jurisprudencia se aplica también a estos trabajadores. Pero faltaría una normativa específica, que se adapte a las especiales circunstancias de esta peculiar forma de prestación de servicios. El gobierno ya ha anunciado una futura Ley reguladora del trabajo a distancia, complementario del Plan Me Cuida, para facilitar la conciliación y la flexibilidad en la prestación laboral. Esta normativa podrá servir también como marco de la negociación.

Tanto la regulación que pueda establecerse, como el acuerdo colectivo que defina esta modalidad, deberán garantizar los derechos de las personas trabajadoras, entre ellos, el respeto de la jornada. Continúa la obligación de control por parte del empresario y el respeto de los límites legales de la jornada. El derecho a la desconexión digital. Figura muy relacionada con el trabajo a domicilio y que tanta importancia estaba ganando ya antes de la crisis, precisamente como consecuencia del desarrollo tecnológico y la posible localización y disponibilidad permanente de las personas trabajadoras y el derecho a la salud. Con atención a la prevención de riesgos laborales, especialmente en relación con los riesgos ergonómicos y riesgos psicosociales como el estrés laboral.

También es importante que desde un primer momento queden establecidas las condiciones de la prestación a distancia: las posibles compensaciones al personal y los requerimientos técnicos y equipamientos necesarios para el correcto desarrollo de su prestación por las personas trabajadoras.

Surgirán nuevas formas de desarrollo de la prestación a distancia, nuevas formas de colaboración, y, por supuesto, nuevas formas de control, no solamente en cuanto a la jornada, sino también relacionados con la productividad y los objetivos marcados.

En definitiva, es importante que las empresas preparen un Plan de teletrabajo, analizando las posibilidades reales de la empresa, sus ventajas e inconvenientes y las condiciones en que puede darse. También es importante la utilización de esta modalidad de organización de la prestación de servicios en los Planes de contingencia de las empresas, como una medida que puede resultar muy eficaz para garantiza la continuidad del negocio en situaciones de crisis, como la que hemos vivido. Planes que deberán negociarse con los representantes de las personas trabajadoras, pero que no puede imponerse a los trabajadores, que deben acogerse a esta modalidad voluntaria e individualmente.

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Brycus, una tienda para disfrutar del ocio en casa

  Bricolaje del ocio y tiempo libre

Con al llegada del verano todos queremos poner al día nuestras terrazas y jardines para disfrutar de unos días más largos y calurosos… Además muchos aprovechamos para hacer de «manitas» y reparar o restaurar esas cosillas que teníamos pendientes desde el fin del verano anterior.

¿Conoces Brycus? Se trata de un mundo de Bricolaje del ocio y tiempo libre, donde encontrarás todo lo necesario para estas tareas de acondicionamiento caseras,  de una manera fácil, con productos de máxima calidad sin llegar a la gama profesional.                Una PYME que esta floreciendo y gracias a este concepto está teniendo un gran aumento de ventas.

Se trata de un espacio especializado en bricolaje y jardín,  pero con todo lo necesario para vivir nuestro tiempo en casa con un nuevo enfoque, disfrutando de lo que nos rodea cada día.
            En estos últimos meses hemos tenido que aprender, ahora «sí»,  a vivir y disfrutar de nuestra vivienda , es ahí donde esta tienda, su producto y su personal tienen cabida.

Precisamente este puede ser el éxito de Brycus,  conseguir que esas tareas domesticas sean mas placenteras,  para mejorar nuestro confort diario en casa con esos pequeños detalles que nos hacen disfrutar,  tanto al hacerlos como de su resultado final.

CONCEPTO DE CERCANÍA, LOCALIDAD Y VECINO

Se diferencian en su producto, servicio, asesoramiento y un concepto de venta tratando de acercar ese ocio casero del que todos podemos disfrutar, un concepto quizás mas extendido en Europa que,  sin embargo,  en España estamos introduciendo ahora.

Parten siempre desde la perspectiva de  que cualquier “profano” podemos divertirnos haciendo tareas en  casa, con una gama de productos adaptada a este formato, de alta calidad, sin llegar a ser herramientas profesionales, pero siendo más que suficientes para las tareas que cualquiera de nosotros podemos hacer en casa.

Su enfoque es muy local. Procuran que sus proveedores sean producto nacional,  de marcas españolas y muy localistas;  y si no, son productos europeos reconocidos,  marcas de calidad con garantía y un servicio técnico post venta que no suponga ningún problema ni para ellos ni para sus clientes.

Al dirigirse básicamente a sus vecinos cercanos,  su servicios de venta y post-venta tienen que ser de garantía absoluta. De hecho,  Brycus lleva ya muchos años en la venta on-line y es en estos últimos tiempos es cuando ha apostado por la venta personal, la cercanía, el asesoramiento,con la intención de tratar a todos sus clientes como si fueran sus vecinos.

Precisamente esta filosofía es la que marca su diferencia.  En unos tiempos, los actuales, en los que todo el mundo apuesta por la venta on-line,  ellos vuelven a apostar por esta cercanía física con este concepto diferente BASADO EN LA LOCALIDAD.  Muchos clientes son los que les enseñan sus “resultados” e incluso aprenden  cómo utilizar sus propios productos.

PERFIL DE CLIENTE

Su tienda no tiene ningún perfil determinado;  hay un abanico muy grande de personas que acuden a su ubicación en el señorío de Illescas buscando ese disfrute de las tareas caseras:  las familias asentadas, los mas jóvenes con sus casas nuevas, los de algo más edad con sus jardines para los nietos…..el nexo  común de  sus clientes es tener una casa para disfrutar. Cuando se tiene una casa para vivir, no solo para pernoctar, a todos nos gusta hacer cosas adaptarla a nosotros mismos, para vivirla.

GAMA DE ARTÍCULOS ENFOCADOS A ESE DISFRUTE CASERO

Aquí,  en Brycus, ofrecen también una amplia gama de artículos precisamente dirigidos a hacernos sentir bien con nuestra casa….Igual te encuentras artículos de mejora del menaje,  muy determinados y exclusivos,  para disfrutar, por ejemplo,  haciendo un pastel con esos utensilios diferenciales que no se encuentran en todos los sitios; como en jardineria,  por ejemplo,  te ofrecen todo lo necesario para poder tener un huerto y  disfrutar de su implantación y cultivo.

ES DECIR TODO LO RELACIONADO CON EL DISFRUTE DEL OCIO CASERO.

Es una tienda diferente que pretende hacerte disfrutar de tu día a día, de tu casa, de tu familia de tu tiempo libre sin salir de casa.

Si tuviéramos que definir algún producto estrella para estrenar este concepto en la tienda,  lo primero que hay que saber es que tiene un enfoque muy estacional, con lo cual aprovechando que es verano nos van a recomendar especialmente para estas fechas sus césped artificiales, las hidrolimpiadoras (para todo tipo de superficies) y sobre todo la gran gama de piscinas disponible.

Por supuesto que para el invierno hay muchos otros  productos,  pero eso ya os lo contaremos en nuestro próximo reportaje o,  si no,  mejor pasaros a verlo por la tienda, que, dicho de paso es tan grande y tan agradable de visitar que os hará descubrir y sentir este nuevo concepto de disfrutar en casa.

Tenías contratado un viaje antes del Covid19? Conoces tus derechos ?

Eso si, siempre manteniendo las medidas de seguridad establecidas por sanidad, por favor… que el virus sigue acechando por ahí…

Pues bien, si sois previsores y teníais contratado vuestro viaje desde antes, debéis saber que tenéis unos derechos que podéis ejercer, y así nos los dan a conocer desde la OMIC, Oficina de atención al consumidor de la Mancomunidad de la Sagra Alta.

 

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES EN VIAJES

         Quizá estemos saturados de la ingente información que se publica acerca del COVID 19 en todos los medios televisivos, digitales, escritos… (no nos olvidemos de éstos últimos, que aún existen), sin embargo, conviene hacer recordar de forma breve la normativa que se ha ido publicando durante el Estado de Alarma en relación a los derechos de los consumidores.

Esta información publicada por el Ministerio de Consumo hace referencia de forma general a los casos en que el consumidor se vea afectado por las medidas decretadas en el estado de alarma:

         –Cancelación de Vuelos y cancelación de viajes en medios distintos al avión: el consumidor tendrá derecho a cancelar el vuelo o viaje por otro medio sin penalización solicitando la resolución del contrato desde la imposible ejecución del contrato y hasta 14 días naturales desde la finalización del estado de alarma.

         –Cancelación de eventos y otro tipo de servicios (cultural, deportivo, hotel, restaurante…) el usuario tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización de la imposible ejecución del contrato y hasta 14 días naturales tras la finalización del estado de alarma.

En los dos puntos anteriores, las empresas podrán ofrecer alternativas, bonos o vales y, si en el transcurso de 60 días naturales desde la solicitud de resolución del contrato o imposibilidad del mismo no ha existido acuerdo entre las partes, se reembolsarán los importes abonados. La empresa podrá descontar los gastos ocasionados por el reembolso.

         –Viajes combinados: (también conocidos como paquetes turísticos) son los que combinan dos o más servicios contratados para un mismo viaje. Si dicho viaje se viera afectado por las medidas decretadas por el estado de alarma, el usuario tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio del mismo sin pagar ninguna penalización con derecho a reembolso completo del pago realizado

Si el organizador del viaje acredita que no ha recibido del hotel, aerolínea… la devolución de los importes relativos a sus servicios, podrá emitir un bono con validez de 1 año. Si transcurre el año y el usuario no ha disfrutado el bono, el organizador deberá reembolsar el importe correspondiente (En este caso no deben descontar gastos de reembolso).

INFORMACIÓN FACILITADA POR LA OMIC * MANCOMUNIDAD DE LA SAGRA ALTA

La SagrA al Día, reinventándonos en tiempos de Coronavirus

Es 21 de mayo, el mes de las flores, ese mes en el que deberíamos ir a ver los cerezos en flor, engalanar nuestros patios, compartir sonrisas en las terrazas de los bares, disfrutar del atardecer en unos días cada vez más largos, planificar las vacaciones de verano, …

Así debería ser… sin embargo, vivimos tiempos difíciles. muy difíciles, tiempos de Coronavirus. El COVID19, se maldito virus que ha campado a sus anchas en nuestros pueblos,  en nuestras casas, en nuestras vidas… , se ha llevado por delante demasiadas cosas:  demasiadas vidas, anónimas o de  seres queridos, y, tambien se ha llevado parte de nuestra alma, de nosotros mismos, fijando en nuestras retinas imágenes que no podremos borrar… El coronavirus llegó y ya nada volverá a ser como antes. Ya no volveremos a ser quienes éramos, o tal vez sí, aunque yo apostaría por lo contrario.

Aun recuerdo a principios de marzo como un amigo,de origen chino,  con un negocio recien estrenado me decía «Tengo miedo, el virus me asusta… Voy a cerrar mi negocio unos días para ver como evoluciona todo esto. En mi pais la cosa está muy mal…» Pero nosotros veíamos lo ocurrido en China como algo lejano e improbable en España, a nosotros no nos podía pasar algo así…

Casi tres meses después de esta conversación, aquí estamos, ¡Obligados a reinventarnos! despues de que parte de nuestro trabajo e ilusiones se los llevara un virus… Eso sí, resurgiremos cual ave fenix, con más fuerza que nunca, y esperamos contagiárosla.

COMIENZA LA REINVENCIÓN:

Algunos han tenido suerte, pueden teletrabajar; otros se han ido a un ERTE, con la incertidumbre de qué pasará cuando finalice, otros se han quedado sin trabajo… Eso sí, todos hemos tenido que adaptarnos a una nueva situación, a una vida en la que las nuevas tecnologías están sustituyendo a los abrazos, los besos, los brindis o las cosquillas.

Los que tenemos niños nos hemos convertido en sus profes, ayudandoles a seguir el contenido de los coles, ahora por videoconferencia, sin que puedan jugar con sus amigos mientras que el profesor no mira… Hemos empezado a hacer deporte con los tutoriales de youtube, hemos deborado las series de netflix, nos hemos hecho reposteros a domicilio…

De pronto,  nos dieron permiso para salir una vez al día, y para salir con los más pequeños. La mayoría de la gente acató las nuevas normas, pero algunos «despistados» se creyeron de nuevo en la normalidad, llenando las calles sin respetar la distancia social, saltandose horarios, haciendo reuniones… Es verdad que fueron los menos, y que en la Sagra podemos presumir de habernos quedado en casa, pero los hubo…

El lunes pasado, al menos para los que vivimos en la Sagra, y por ende, en Toledo, el panorama cambiaba un poco… Entrábamos en #FASE1 de la desescalada del estado de Alarma. Podíamos empezar a salir un poco más, a juntarnos hasta 10 personas, y el comercio local y terrazas de los bares de nuestros municipios comenzaba su actividad de nuevo, pero ¿en qué condiciones? Con aforos limitados, con inversiones para preservar la seguirdad de sus clientes, y con la incertidumbre de cómo va a funcionar su negocio…

APOYA EL COMERCIO LOCAL

Nosotros siempre hemos sido grandes defensores del comercio local, pues son quienes sostienen la economía de nuestros municipios, por lo que siempre les hemos apoyado, y … ¡¡ahora más que nunca!!

Vivimos en la Sagra, y mientras los que gobiernos y oposiciones a nivel nacional o regional se están tirando los trastos a la cabeza en lugar de remar todos a una, los gobiernos de nuestros municipios han demostrado una conducta ejemplar, apoyandose y luchando por un bien común: Nosotros. Ayudas al pequeño comercio y a los comerciantes, ayudas a las personas que más afectadas se han visto por la crisis….

Una corriente solidaria ha nacido en nuestros pueblos, donando alimentos, haciendo mascarillas, …. Y desde aquí, humildemente, os pedimos que no pare, que ahora toca echar una mano a nuestros comercios, a nuestros bares, a aquellos más pequeños que necesitan de nuestra existencia como consumidores para sobrevivir. Sigamos poniendo nuestro granito de arena y compremos en el pueblo, en el barrio… ¡¡AYUDEMOSLES A REINVENTARSE!!

Vivamos la SagrA al día! Ayudemos a reactivar su economía, eso sí, por favor, siempre respetando las normas para no dar pasos hacia atrás, que ya hemos tenido bastante confinamiento!!